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Todavía en riesgo

Muerte y desaparición de sobrevivientes del incendio del Hogar Seguro Virgen de la Asunción

"Nuestras hijas todavía están ahí, esperando justicia". Madre de niña que murió en el incendio en Hogar Seguro Virgen de la Asunción

I. RESUMEN EJECUTIVO

El 7 de marzo de 2017, un grupo de niñas, niños y adolescentes iniciaron una protesta por el abuso físico y sexual, violación y trata a los que eran sometidos en la institución Hogar Seguro Virgen de la Asunción (Virgen de la Asunción), en la Ciudad de Guatemala, Guatemala. Virgen de la Asunción era una institución pública donde hasta 800 niños se encontraban detenidos antes de estas protestas. Las autoridades de Virgen de la Asunción llamaron a la Policía Nacional Civil (PNC) para reprimir las protestas. Como castigo por haber protestado, un grupo de 56 niñas fue encerrado en un pequeño cuarto con capacidad para 26 personas de pie, sin baño y sin acceso a agua, donde las dejaron pasar la noche[1]. Dicho espacio fue cerrado con candado y custodiado por la PNC.

Un incendio en el auditorio empezó en la madrugada del 8 de marzo. Una agente de la PNC tardó 9 minutos en abrir la puerta, a pesar de estar justo al lado con las llaves en mano[2]. Como resultado, 41 niñas y adolescentes murieron quemadas, algunas al instante y otras posteriormente debido a la gravedad de sus heridas. Quince niñas y adolescentes sobrevivieron, cada una de ellas enfrentando graves traumas físicos y emocionales. La Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) y Disability Rights International (DRI) obtuvieron medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) las cuales requirieron al Estado garantizar el derecho a la familia de las y los sobrevivientes y reintegrarlos adecuadamente a una familia -su familia biológica, extensa o a una familia de acogida[3].

Sin embargo, cuatro años después del incendio, las y los sobrevivientes aún están en riesgo. El Estado de Guatemala envió un informe a la CIDH sobre la situación de las y los sobrevivientes de Virgen de la Asunción. Este informe proporciona datos claros que muestran que las y los sobrevivientes enfrentan amenazas inmediatas a su vida y a su integridad. El Estado no ha tomado las medidas necesarias para proteger a las y los sobrevivientes y, mucho menos, para brindarles el apoyo y las reparaciones a las que tienen derecho como sobrevivientes de graves violaciones al estar bajo la custodia del Estado.

Según el informe del Estado a la CIDH, el gobierno está dando seguimiento a 40 mujeres -ahora jóvenes- a las que se refiere como ‘sobrevivientes del incendio’. De acuerdo con este informe, el Estado no ha podido localizar y desconoce el paradero de once de ellas. Algunas de estas jóvenes estuvieron a punto de morir y experimentaron un trauma severo al presenciar la muerte de sus compañeras. Todas y cada una de ellas deberían haber recibido un acompañamiento cercano, asesoramiento y reparaciones por el abuso que sufrieron estando bajo la custodia del Estado. La negligencia por parte del Estado para dar un seguimiento cercano a estas jóvenes las deja expuestas a una mayor explotación y abuso.

Según el Estado, había 600 niñas y niños detenidos en Virgen de la Asunción (en adelante referidos como 'ex detenidos'), aunque informes anteriores indicaban que este número podría ascender hasta 800. De las y los 600 'ex detenidos' que reporta el Estado, 61 han muerto, un número sumamente preocupante que representa más del 10% de toda la población que se encontraba en Virgen de la Asunción. Algunas de estas niñas y niños han muerto en circunstancias violentas. Unos meses después del incendio, un adolescente de 16 años que había sido detenido en Virgen de la Asunción fue asesinado, presuntamente por grupos criminales[4].

En lugar de tomar las medidas necesarias para garantizar que las y los ex detenidos fueran reintegrados a un entorno familiar seguro -algo indispensable para garantizar la estabilidad emocional y el desarrollo saludable de cualquier niña, niño o adolescente, el Estado ha permitido que 160 niñas y niños sean colocadas en otras instituciones residenciales en Guatemala. Las niñas y niños con discapacidad han sido institucionalizados de manera desproporcionada debido a una falta de alternativas y apoyos en la comunidad.

El Estado también le ha fallado a las familias que perdieron a sus hijas en el incendio. Las familias no han recibido apoyos y enfrentan graves riesgos al buscar justicia para sus hijas. Dos madres han sido asesinadas después de que sus hijas murieron en el incendio. Otra madre ha sufrido amenazas y, junto con sus hijos, ha sido sufrido agresiones físicas[5].

La Secretaría de Bienestar Social ha propuesto reabrir el área del incendio, derribar el auditorio donde ocurrió el siniestro y construir un monumento en su lugar. Las y los familiares de las víctimas se han opuesto a estos planes y los han denunciado como una forma de encubrir los asesinatos. Han exigido que las decisiones sobre el destino del auditorio se tomen en conjunto con las víctimas y sus familias y que el Estado se enfoque en garantizar que se haga justicia: "nuestras hijas siguen ahí, esperando justicia.”

 

II. TODAVÍA EN RIESGO

1. Asesinato e intimidación de familias y falta de acceso a la justicia

El Estado le ha fallado a las familias que perdieron a sus hijas en el incendio de Virgen de la Asunción. Las familias no han recibido apoyo y enfrentan graves riesgos al exigir que se haga justicia para sus hijas. Dos madres han sido asesinadas después de que sus hijas murieran en el incendio. En junio de 2018, Gloria Pérez y Pérez, madre de Iris Yodenis León Pérez, fue asesinada junto con su esposo, Nery León, y su hija de 13 años, Nury León Pérez -quien también había sido detenida en Virgen de la Asunción. Toda la familia fue asesinada en su casa de Sayaxché, Petén. Más recientemente, en febrero de 2021, la madre de Wendy Anahí Vividor, María Elizabeth Ramírez, fue asesinada. Otra madre ha sufrido amenazas y agresiones físicas junto con sus hijos.[6]

La Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) ha expresado su preocupación dado que, 4 años después del incendio, la muerte de las 41 niñas y adolescentes y los graves daños físicos y psicológicos causados ​​a las sobrevivientes continúan impunes. El Estado tenía una responsabilidad especial hacia estas niñas por estar bajo su tutela, colocando al Estado en una posición especial de garante de los derechos de estas niñas y adolescentes.

Paula Barrios, coordinadora de Mujeres Transformando el Mundo -organización que es denunciante en el caso penal Virgen de la Asunción- ha señalado que “debido a la pandemia y los recursos que se han interpuesto, el caso está completamente paralizado; la falta de compromiso para que las víctimas y sus familias obtengan una pronta justicia es bastante preocupante”[7].

La Corte Interamericana ha señalado que el derecho a la justicia implica que el Estado “debe asegurar la determinación de los derechos de la persona en un plazo razonable”[8], ya que una demora prolongada “constituye, en principio, por sí misma, una violación de la justicia garantías”[9]. Ante la prolongada demora del proceso penal, el Estado está incumpliendo su obligación de garantizar el derecho de acceso a la pronta justicia a las víctimas y sobrevivientes.

Por otra parte, nueve personas han sido imputadas, entre ellas el director del Hogar Seguro, pero todas han sido imputadas por delitos 'menores' que están vinculados a negligencia y no a tortura, presunta trata y asesinato. Según el Bufete Jurídico de Derechos Humanos (BDH), organización que representa a las víctimas y sus familias:

“A la presente fecha es poco el avance del proceso penal, ninguno de los procesados ha enfrentado juicio oral y público para el esclarecimiento de los hechos y la determinación de la responsabilidad de los mismos.  Existe una exclusión de las graves violaciones de Derechos Humanos en los hechos ocurridos en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción, los delitos tipificados en el presente caso son delitos menores y los intentos para el encuadramiento en delitos graves como el de tortura, ejecuciones y lesiones gravísimas han sido continuamente rechazados, así como el traslado del expediente a un Tribunal de Mayor Riesgo”[10].

El BDH también señaló un conflicto de intereses inherente al caso en relación con la Procuraduría General de la Nación (PGN), la cual actúa en el proceso penal como parte querellante, acusada y representante de 6 de las sobrevivientes del incendio. El Director de la Unidad de Menores de la PGN, Harold Augusto Flores Valenzuela, ha sido imputado por los siguientes delitos: maltrato a menores, incumplimiento de deberes profesionales, homicidio y lesiones culposos. Todos estos delitos se deben a sus acciones u omisiones durante y a raíz el incendio. A pesar de ser uno de los imputados en la causa penal, el Director de la Unidad de Menores sigue ejerciendo su cargo.[11]

 

2. Las ‘sobrevivientes del incendio’ enfrentan explotación, abuso y pobreza

El Estado informó a la CIDH que está dando seguimiento a 40 mujeres jóvenes de 18 a 20 años las cuales denomina como ‘sobrevivientes del incendio’[12]. Este grupo de mujeres jóvenes incluye a las niñas que estaban encerradas en el auditorio cuando comenzó el incendio y que han cumplido la mayoría de edad. En su informe, el Estado adjuntó la última actualización de los expedientes de las ‘sobrevivientes del incendio’. Según estas actualizaciones, once ‘sobrevivientes’ no pudieron ser localizadas; las y los trabajadores sociales no pudieron encontrar una dirección ni obtener alguna información sobre su paradero y su situación actual. Las ‘sobrevivientes del incendio’ se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad tras haber sido institucionalizadas, abusadas ​​y traumatizadas. El hecho de que se desconozca su paradero las expone a abusos y explotación.

Pie Chart 1

 

Las niñas, niños y adolescentes que dejan las instituciones residenciales son un grupo extremadamente vulnerado y requieren un acompañamiento cercano que este basado en estándares internacionales. La Oficina Europea del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) ha encontrado que “uno de cada tres niños que dejan el cuidado residencial se queda sin hogar; uno de cada cinco termina con antecedentes penales; y en algunos casos, hasta uno de cada diez se suicida"[13].

Para evitar tales peligros, las Directrices de las Naciones Unidas para el cuidado alternativo de la infancia establecen que “la reintegración del niño en su familia debería concebirse como un proceso gradual y supervisado, acompañado de medidas de seguimiento y apoyo que tengan en cuenta la edad del niño, sus necesidades y desarrollo evolutivo y la causa de la separación”.[14] Cuando “la familia inmediata no puede cuidar a un niño”, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) establece que “Los Estados Partes harán todo lo posible, cuando la familia inmediata no pueda cuidar de un niño con discapacidad, por proporcionar atención alternativa dentro de la familia extensa y, de no ser esto posible, dentro de la comunidad en un entorno familiar”[15]. Según el artículo 19 de la CDPD, los niños y adultos con discapacidades reintegrados a la comunidad tienen derecho a "apoyo de la comunidad, incluida la asistencia personal que sea necesaria para facilitar su existencia y su inclusión en la comunidad"[16].

El Estado tiene un deber aún mayor para con las víctimas de explotación y abuso mediante la prestación de servicios de protección. Según el artículo 16 (4) de la CDPD, esto incluye "todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física, cognitiva y psicológica, la rehabilitación y la integración social de las personas con discapacidad"[17].

Guatemala ha incumplido estas obligaciones, dejando a los niñas y jóvenes expuestas a un peligro mayor. Después de la tragedia que mató a 41 niñas, el Estado creó una pensión mensual de por vida de Q. 5,000 ($ 65 US) para satisfacer 'las necesidades básicas' de las sobrevivientes[18]. Sin embargo, según los registros del Estado, solo 2 de las ‘sobrevivientes del incendio’ están recibiendo esta pensión. Según una noticia del inicio de la pandemia, al menos siete sobrevivientes del incendio -algunas de ellas ya madres- viven en la pobreza, sus familias no tienen trabajo y enfrentan hambre y posibles desalojos de sus hogares[19].

El informe del Estado indica que 16 de las 40 ‘sobrevivientes del incendio’ han tenido hijos, es decir, el 40%. Esto es casi 5 veces la tasa de fertilidad adolescente de Guatemala: 84 nacimientos por cada 1000 mujeres de 15 a 19 años (8,4%)[20]. El hecho de que una tasa tan alta de ‘sobrevivientes’ haya tenido hijos, sumado al alto riesgo de explotación que enfrentan dado que han sido institucionalizadas, debe desencadenar una respuesta del Estado para garantizar que las sobrevivientes tengan acceso a todos los recursos disponibles para denunciar cualquier situación de violencia o explotación que puedan estar enfrentando; así como acceso a información sobre planificación familiar. De igual manera, todas las sobrevivientes deben tener un completo acceso a apoyos y servicios para criar a sus hijas e hijos y prevenir y evitar a toda costa la separación familiar y, como resultado, la posible institucionalización de sus hijas e hijos.

Pie Chart 2
 
3. Muerte, institucionalización y desapariciones de "ex detenidos"

Según el gobierno, había 600 niñas y niños detenidos en Virgen de la Asunción (de aquí en adelante referidos como 'ex detenidos'), aunque informes anteriores indicaban que este número podía ascender hasta 800. De las y los 600 'ex detenidos', 61 han fallecido, 160 se encuentran en instituciones privadas o públicas y 94 no han podido ser localizados o se ha activado una Alerta Ámbar en sus casos.[21] Es decir, más de la mitad de las niñas y niños que fueron detenidos en Virgen de la Asunción han muerto, no han podido ser localizados o se les ha negado el derecho de vivir en un entorno familiar y se las ha colocado en una institución. 

Pie Chart 3

 

La tasa de mortalidad del 10% (61) en las y los "ex detenidos" es extremadamente alta, muy por encima de la tasa de mortalidad de Guatemala -111 por 100.000 o 0,1%[22]. Este numero elevado de muertes genera una seria preocupación por el bienestar de todas las y los sobrevivientes, y pone en cuestionamiento la respuesta del Estado para garantizar una reintegración comunitaria adecuada y segura, así como alternativas y apoyos para las niñas y niños que se encontraban detenidos en la institución. También resalta la urgencia y responsabilidad del Estado de investigar de manera inmediata, urgente y exhaustiva cada una de las muertes de niñas, niños y adolescentes que se encontraban detenidos en Virgen de la Asunción.

Por otro lado, el hecho de que una cuarta parte (160) de las y los ex detenidos permanezca recluido en otras instituciones constituye una violación de su derecho a la familia y a una vida en la comunidad.[23] También contraviene la medida cautelar otorgada por la CIDH la cual requiere al Estado reintegrar a las niñas, niños y adolescentes a un entorno familiar y comunitario. Las niñas y niños con discapacidad han sido institucionalizados de una manera desproporcionada dada la falta de alternativas y apoyos en la comunidad. En octubre de 2018, DRI dio seguimiento a las y los “ex detenidos” y encontró que 120 niñas, niños y adolescentes con discapacidad se encontraban detenidos en 3 instituciones.[24]  Si estas niñas, niños y adolescentes con discapacidad siguen detenidos en instituciones, constituirían dos tercios del número total de "ex detenidos" que están actualmente institucionalizados.

Todas las niñas, niños y adolescentes que se encuentran institucionalizados están en riesgo. El antiguo Relator Especial sobre Tortura ha determinado que los niños y niñas internados en instituciones corren mayor peligro de sufrir traumas, violencia y abusos y que el dolor y el sufrimiento emocional causado por la separación de un entorno familiar y segregación puede alcanzar el nivel de trato inhumano, degradante e incluso tortura.[25] Un informe de UNICEF y la CIDH encontró que la institucionalización expone a las NNA a un mayor riesgo de sufrir diversas formas de violencia, abuso, abandono e incluso explotación en comparación con las NNA que se encuentran en otras formas de cuidado alternativo. La CIDH ha determinado que las instituciones son inherentemente peligrosas ya que:

“la violencia en las instituciones es generalmente el resultado de un conjunto de factores asociados con el funcionamiento mismo de estos establecimientos, como la precariedad de sus instalaciones en términos de salubridad y seguridad, el hacinamiento, la falta de personal capacitado para trabajar con niños, el aislamiento social, la aplicación de medidas disciplinarias o de formas de control que incluyan el uso de la violencia o la medicación psiquiátrica innecesaria, y la utilización de algunas formas de tratamiento que constituyen en sí mismas una forma de violencia, entre otros.”[26]

La institucionalización tiene efectos negativos a largo plazo en las NNA. Según el anterior Relator contra la Tortura, Juan Méndez, “varios estudios han demostrado que, con independencia de las condiciones [institucionalización], ésta tiene consecuencias profundas y negativas para la salud y desarrollo del niño. Incluso períodos muy breves de privación de libertad pueden minar el bienestar psicológico y físico del niño y amenazar su desarrollo cognitivo.”[27] Según la ONU:

“Las consecuencias inmediatas más visibles de la violencia contra los niños y niñas son: lesiones mortales y no mortales, dificultades de aprendizaje y retraso en el desarrollo físico y las consecuencias psicológicas y emocionales de experimentar o presenciar un trato doloroso y degradante que no pueden entender ni impedir. Estas consecuencias incluyen sensaciones de rechazo y abandono, apego limitado, trauma, temor, ansiedad, inseguridad y autoestima destruida.”[28]

Similarmente, el informe sobre la Violencia Mundial contra los Niños y las Niñas de las Naciones Unidas, establece que “los efectos de la institucionalización pueden incluir salud física deficiente, graves retrasos en el desarrollo, discapacidad y daño psicológico potencialmente irreversible. Los efectos son más severos cuanto más tiempo se prolongue la institucionalización y cuanto más deficientes sean las condiciones de la institución.”[29] Debido al riesgo de violencia estructural que las NNA enfrentan en instituciones, la Comisión ha recomendado a los Estados que “diseñen estrategias de desinstitucionalización de los niños que se encuentren acogidos en instituciones residenciales.”[30]

Por último, el gobierno debe dar cuenta de cada una de las niñas, niños y adolescentes para los que se ha emitido un alerta ámbar. Está de más decir que todos y cada uno de los niños desaparecidos o considerados desaparecidos corren un gran riesgo de sufrir abusos, trata de personas e incluso la muerte. El gobierno debe investigar cada desaparición, encontrar a las niñas y niños desaparecidos y garantizar que existan mecanismos de protección integral para evitar que los niños desaparezcan nuevamente.

 

III. MEDIDAS INMEDIATAS QUE DEBE TOMAR EL ESTADO DE GUATEMALA

Los derechos de las niñas, niños y adolescentes que fueron detenidos en Virgen de la Asunción siguen siendo vulnerados y estos se encuentran siguen en riesgo. Es imperativo que el Estado tome acciones inmediatas para:

  1. Garantizar la seguridad de las familias que buscan justicia para sus hijas que murieron en el incendio. El Estado debe tomar acciones inmediatas para detener las amenazas contra familiares que buscan justicia e investigar a fondo los asesinatos y amenazas de familiares.
  2. Localizar a las y los sobrevivientes para garantizar su seguridad inmediata, acceso a vivienda, cobertura de sus necesidades médicas, reunificación familiar y asesoramiento psicológico y apoyo emocional, asegurando que puedan obtener acceso a la pensión designada por el Estado.
  3. Crear familias sustitutas de manera urgente para cualquier niña, niño y adolescente que no tenga familia o que no pueda regresar de manera segura a su familia original debido a un historial de abuso infantil u otros peligros inmediatos.
  4. Entrevistar a las y los sobrevivientes para conocer las amenazas inmediatas que enfrentan y tomar las medidas necesarias para atenderlas: es probable que las mujeres y niñas que han sido víctimas de trata y abusos sean abusadas nuevamente por las mismas personas u otras personas interesadas en encubrir violaciones anteriores de derechos humanos; todas necesitan una representación legal para garantizar sus derechos e identificar las acciones que el gobierno puede tomar para contrarrestar estas amenazas.
  5. Investigar las muertes recientes: hasta que se complete la investigación y los responsables rindan cuentas, todas las y los sobrevivientes siguen en riesgo. 
  6. Investigar la trata, prostitución y abuso en el Hogar Virgen de la Asunción. Los defensores de los derechos humanos en Guatemala consideran que la investigación y el enjuiciamiento de los responsables del incendio ha omitido el abuso y trata de niñas y niños en Virgen de la Asunción. Dado el papel histórico de las autoridades del gobierno y del sistema de servicios en esos abusos, se necesita una investigación independiente por parte de las autoridades de las Naciones Unidas o del sistema interamericano de derechos humanos.

 

[1] Peace Brigades International, “A más de dos años de la tragedia del Hogar “Seguro”.  https://pbi-guatemala.org/es/multimedia/art%C3%ADculos/más-de-dos-años-de-la-tragedia-del-hogar-“seguro”-entrevista-leonel-dubón

[2] Idem.

[3] Comisión Interamericana de Derechos Humanos “Resolución 8/17 Medida Cautelar No. 958-16: Hogar Seguro Virgen de la Asunción” (12 de marzo de 2017) https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2017/8-17MC958-16-GU.pdf 

[4] La Hora, “Sobreviviente del Hogar Seguro fallece en un hecho de violencia” (5 de mayo de 2017) https://lahora.gt/sobreviviente-del-hogar-seguro-fallece-hecho-violencia/

[5] En estos tres casos no se ha determinado si las muertes violentas y amenazas son una forma de represalia y de silenciar a las familias en el proceso penal de la Virgen de la Asunción Hogar Seguro, en el que se procesan once funcionarios públicos por su participación en los hechos cometidos el 7 de marzo y 8 de diciembre de 2017. Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos, “GUATEMALA / Violent home break-in, threats, and attacks against children of Elsa Siquín, mother of one of the 56 victims of Virgin of the Assumption Safe Home Massacre” (21 de marzo de 2021) https://im-defensoras.org/2021/03/whrd-alert-guatemala-violent-home-break-in-threats-and-attacks-against-children-of-elsa-siquin-mother-of-one-of-the-56-victims-of-virgin-of-the-assumption-safe-home-massacre/; Republica “Matan a la familia de una menor víctima del Hogar Seguro” (9 de julio de 2018) https://republica.gt/2018/07/09/familia-victima-hogar-seguro-peten/

[6] Idem.

[7] Women’s Media Center, “ 41 crosses, 56 lives: The struggle for truth and justice two years on from the Hogar Seguro Virgen de la Asunción fire” (March 5, 2019) https://www.womensmediacenter.com/women-under-siege/41-crosses-56-lives-the-struggle-for-truth-and-justice-two-years-on-from-the-hogar-seguro-virgen-de-la-asuncion-fire

[8] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Bulacio Vs. Argentina, 2003. Párr 114

[9] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros Vs. Trinidad y Tobago, 2002.Párr 145

[10] Bufete de Derechos Humanos, Informe a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para. 7

[11] Id., para. 9

[12] El informe del gobierno no separa este grupo de “40 sobrevivientes del incendio” entre aquellas que estaban en el auditorio donde ocurrió el incendio y el resto. Tampoco aclara de dónde proviene este número y cómo se consideró que que estas 40 eran consideradas como las “sobrevivientes del incendio”.

[13] United Nations Office of the High Commissioner on Human Rights, Regional Office for Europe, The Rights of Vulnerable Children Under the Age of Three: Ending their Placement in Institutional Care (2011), p. 19.

[14] Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, “Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños” (24 de febrero de 2010) https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2010/8064.pdf?file=fileadmin/Documentos/BDL/2010/8064, para. 52

[15] ONU, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Articulo 23.5 https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

[16] Id. Artículo 19(b)

[17] Id. Artículo 16(4)

[18] Procuraduría General de la Nación, “Oficio No. 1,066-2020 Informe Solicitado de jóvenes sobrevivientes del Hogar Seguro Virgen de la Asuncion” (23 de Noviembre de 2020)

[19] Prensa Comunitaria “Menores de edad sobrevivientes del incendio del Hogar Virgen de la Asunción no reciben la pensión vitalicia desde enero” (6 de mayo de 2020) https://prensacomunitar.medium.com/menores-de-edad-sobrevivientes-del-incendio-del-hogar-virgen-de-la-asunción-no-reciben-la-pensión-b8f6e9b000c6

[20] Panamerican Health Organization, “Adolescent and Youth Health 2017 Country Profile” https://www.paho.org/adolescent-health-report-2018/images/profiles/Guatemala-PAHO%20Adolescents%20and%20Youth%20Health%20Country%20Profile%20V5.0.pdf

[21] Procuraduría General de la Nación, “Oficio No. 105-2020-PNA-PGN-mm” (23 de Noviembre, 2020)

[22] Panamerican Health Organization, “Adolescent and Youth Health 2017 Country Profile” https://www.paho.org/adolescent-health-report-2018/images/profiles/Guatemala-PAHO%20Adolescents%20and%20Youth%20Health%20Country%20Profile%20V5.0.pdf

[23] CDPD Artículos 19 y 23

[24] Disability Rights International, Colectivo Vida Independiente de Guatemala “Still in Harm’s Way

International voluntourism, segregation and abuse of children in Guatemala” (July 16, 2018), p. 5

[25] ONU, Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, A/HRC/34/32 (31 de enero de 2017), párr. 30.

[26] UNICEF, Comisión Interamericana de Derechos Humanos, supra nota 14, pág. 3, párr. 11.

[27] ONU, supra nota 25, párr. 33.

[28] Paulo Sérgio Pinheiro, “The world report on violence against children”, pág. 63, https://www.unicef.org/violencestudy/I.%20World%20Report%20on%20Violence%20against%20Children.pdf (Última visita 23 de abril de 2018).

[29] Id. Pag. 189

[30] CIDH, RESOLUCIÓN 21/2018 Medida cautelar No. 975-17 Niños, niñas y adolescentes del Centro de Reparación Especializada de Administración Directa de Playa Ancha respecto de Chile, 15 de marzo de 2018 para. 23